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La evolución de los presupuestos máximos en salud

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En el artículo 240 de la Ley 1955 de 2019 (plan de desarrollo), se estableció que los servicios y las tecnologías en salud que no son cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud (PBS – antes Plan Obligatorio de Salud o POS) deben ser gestionados por las EPS y financiadas por unos presupuestos máximos que serán transferidos por la Administradora de Recursos de la Seguridad Social en Salud (ADRES) a dichas entidades.

En consecuencia, actualmente las EPS reciben la Unidad de Pago por Capitación (UPC) por cada afiliado, con lo cual se cubren financieramente los servicios y tecnologías incluidas en el PBS, y para sufragar las que no están incluidas en el mencionado plan, las EPS reciben un monto adicional que ha sido denominado presupuestos máximos o techos.

Las disposiciones y metodología de estos presupuestos fueron inicialmente reglamentados mediante la Resolución No. 205 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud. Posteriormente, la Resolución No. 586 de 2021 reemplazó la anterior.

De conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Resolución No. 586 de 2021, el giro del presupuesto máximo se hará mensualmente a través de la ADRES dentro de los 15 primeros días de cada mes.

A continuación, revisaremos como ha sido el comportamiento de los presupuestos máximos en los años 2020 y 2021.

Lo asignado en cada año

Mediante Resolución No. 206 de 2020, expedida por el ministerio de salud, fueron asignados como presupuestos máximos para ese mismo año, por 10 meses, $3.928.252.152.454 ($392.825.215.245 mensual), distribuidos de la siguiente manera: para el régimen contributivo $3.333.679.923.783 ($333.660.807.359 mensual) y para el subsidiado $594.572.228.671($59.457.222.867 mensual)

En enero de 2021, fue expedida por el ministerio de salud la Resolución No.043, que estableció los presupuestos máximos por los cuatro primeros meses del mencionado año. Según los considerandos de dicho acto administrativo, la razón para establecer estos presupuestos por ese periodo, era que al mes de enero no se contaba con la información completa que permitiera realizar la asignación para todo el año.

En mayo del presente año, fue expedida la Resolución No, 594, mediante la cual se definieron los presupuestos máximos para el año 2021 para 12 meses, por un monto total de $5.056.072.466.412 ($421.339.372.201 mensual) distribuidos así: para el régimen contributivo $4.099.599.023.321 ($341.633.251.943 mensual) y para el régimen subsidiado $ 956.473.443.091($79.706.120.258)

Comparando los valores mensualmente recibidos para el 2020 con los asignados para el 2021, el incremento total de un año al otro fue del 7.25%, 2.39% para el régimen contributivo y 34% para el subsidiado.

Comparativo para el régimen contributivo

En la siguiente tabla se muestra la comparación de los presupuestos máximos de las 10 primeras EPS, que en ambos años recibieron valores ligeramente superiores al 97% del total de estos presupuestos.

presupuesto maximo

Los datos muestran una significativa variación entre las entidades, para el caso de Nueva EPS, Coomeva, Medimas y Comfenalco Valle hay una disminución del presupuesto máximo mensual entre el 2020 y 2021.

Al contrario, Compensar y SOS tienen un fuerte incremento en los mismos presupuestos.

Las demás EPS incluidas en la tabla tienen aumentos mayores al promedio del régimen contributivo.

Esas modificaciones pueden explicarse por cambios en el número de afiliados o ajustes de la información de un año a otro, debido a que el 2020 fue el primer periodo de los presupuestos máximos, cuya información correspondió al 2019 o anteriores.

Comparativo en el régimen subsidiado

Al comparar los valores asignados como presupuestos máximos en el régimen subsidiado con los montos establecidos para el régimen contributivo, es importante resaltar que los primeros son la cuarta parte de los segundos.

Con relación a la comparación de los valores recibido por las EPS, en la tabla siguiente se muestran las 10 primeras, que para el 2020 recibieron el 84.21% del total de estos presupuestos, y para el 2021 recibirán el 86.76% de los mismos.

presupuesto maximo 

La variación entre entidades es relevante, llamando la atención los incrementos de Capital Salud, Nueva EPS, Saviasalud y Comparta, las tres primeras entidades mixtas, es decir que una parte de su propiedad es del gobierno nacional o de entes territoriales.

Hubo reducción para Emssanar, Medimas y Cajacopi Atlantico.

Nuevamente debe tenerse en cuenta que las modificaciones pueden explicarse por una mejoría en los datos o por cambios en el número de afiliados, y sobre esto último debemos recordar que en el año 2020 se ordenó la liquidación de varias EPS del régimen subsidiado, es decir que los afiliados de las entidades liquidadas pasaron a otras para garantizar su derecho a la salud.

¿Funciona la estrategia de techo máximos?

Sobre este tema se escribió un blog publicado en esta misma página web el año anterior[1], en el cual se formularon unas preguntas que es posible responder así:

  1. ¿Beneficia verdaderamente a los pacientes?

No necesariamente porque se continúa realizando el trámite en el Mipres y los procesos para las autorizaciones No PBS no han sido modificados.

  1. ¿Alcanzará el dinero definido para los techos?

El incremento de 7.25% entre el 2020 y 2021 (2.39% en el régimen contributivo y 34% para el régimen subsidiado), cifra significativamente mayor al IPC, evidencia que lo presupuestado inicialmente fue insuficiente. No obstante, debe considerarse que los presupuestos máximos se implementaron en el 2020, en consecuencia, es un periodo de tiempo corto para asegurar valores estables en los mencionados presupuestos.

  1. ¿La información es adecuadamente confiable para considerar que el soporte técnico es suficientemente sólido?

La respuesta a esta pregunta se encuentra ligada a la anterior. Es probable que cada año se vaya perfeccionando la información y por eso se muestre un incremento en los valores de un año a otro, especialmente en el régimen subsidiado. De la misma manera, dos años no son suficiente para valorar la mejoría en la confiabilidad de la información.

  1. ¿Le generarán estas medidas liquidez al sistema de salud?

Es lo esperado, el hecho que los valores de los presupuestos máximos sean girados mensualmente a las EPS implica que se tiene mayor liquidez en el sistema. Adicionalmente, es incuestionable que hay un ahorro para las EPS y la ADRES por no tener que tramitar las facturas.

Por lo expuesto, se debe considerar que la estrategia de los presupuestos máximos está apenas comenzando y es prematuro sacar conclusiones definitivas sobre su efectividad.

En teoría debe funcionar, aunque debemos tener en cuenta que la presión de gasto sobre el sistema de salud por el denominado No PBS persiste, por lo cual las medidas deben ser revisadas y ajustadas permanentemente.

Nota aclaratoria: El autor desea aclarar que este blog fue modificado debido a un error al no tener en cuenta que los valores del año 2020 eran por 10 meses, mientras que en el 2021 son por 12 meses. Lo anterior no cambia las conclusiones, pero si las cifras. Agradezco a quien alertó en los comentarios del blog inicial el error.


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  1. Ver blog en: https://neuroeconomix.com/los-techos-en-el-sistema-de-salud/

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5 Comments

  1. Hola gracias por la información. Sin embargo me gustaría validar los análisis de incrementos ya que hay que tener en cuenta que el monto del 2020 fue para 10 meses y el del.2021 para 12 meses. Con lo cual el incremento total me da 1.87%.

  2. Hola Sandra, tiene toda la razón, el blog se va a ajustar. Muchas gracias por alertarnos sobre el error.

  3. Hola Sandra, tiene razón en su comentario. Las cifras del blog se van a ajustar, pero el mensaje general del blog no se modifica

  4. Alexander, es probable que esa sea la razón, Coomeva tenía a diciembre de 2019: 1.480.532 y a diciembre de 2020: 1.212.102. Son 268.430 afiliados menos.

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