actualización del plan de beneficios en salud para el 2022
|

Actualización del Plan de Beneficios en Salud para el 2022 ¿Qué cambió?

Mediante la Resolución 2292 de 2021 el Ministerio de Salud y Protección Social ha actualizado el Plan de Beneficios en Salud con Cargo a la Unidad de Pago por Capitación – PBSUPC. Esta actualización definió todas las tecnologías que componen el PBSUPC a partir del 1 de enero del año 2022

¿Por qué se realiza esta actualización?

Como antecedente, recordemos que el artículo 25 de la Ley 1438 de 2011, establece que el PBSUPC deberá actualizarse por una autoridad administrativa competente, de forma  integral y periódica, en atención a los cambios en el perfil epidemiológico, la carga de la enfermedad de la población y disponibilidad de recursos (1).

El Decreto 2562 de 2012 en su artículo 2 establece que esa autoridad administrativa competente para actualizar el PBSUPC es el Ministerio de Salud y Protección Social, y que esta institución debe “Definir y revisar, como mínimo una vez al año” el listado de medicamentos que harán parte del PBSUPC (2).

Desde el año 2013, el Ministerio de salud ha realizado 14 actualizaciones del PBSUPC (ver Blog 2021). La última actualización se realizó mediante la Resolución 2292 de 2021, la cual será analizada en este blog para saber ¿Qué cambia con esta actualización y qué sigue igual?

 

Novedades en la Resolución 2273 de 2021

Dentro del contenido de la norma, han sido eliminados algunos artículos que se encontraban en la actualización realizada para el año anterior. Por ejemplo, en la nueva actualización ya no se encuentra el articulo sobre la adscripción a las IPS (Art 11, R. 2481/20), ni el artículo sobre las reintervenciones (Art 37, R. 2481/20).

Igualmente, en el nuevo documento no se encuentra el título referente a la definición de tecnologías no financiadas con recursos de la UPC (Título VII, R. 2481/20), entre otras secciones puntuales. Esto puede deberse al entendimiento de que las tecnologías NO cubiertas con la UPC serían, en primer lugar, las indicadas en la Resolución 2273 de 2021, que define las exclusiones, es decir, aquellas tecnologías que no serían cubiertas por recursos públicos asignados a salud. Y, en segundo lugar, aquellas tecnologías que se financiarían con presupuestos máximos.

Algunas instrucciones han sido eliminadas de la actualización para el 2022, específicamente en lo referente a la atención psicológica. En los artículos 59, 60 y 105 de la nueva resolución ya no se especifica el número máximo de sesiones de psicoterapia individual, grupal, familiar o de pareja en ninguno de los casos, sea para pacientes en general, mujeres victimas de violencia o personas de 14 a 18 años; lo que demuestra la relevancia que se está dando a la salud mental dadas las necesidades evidenciadas durante la pandemia.

Otro ajuste a la nueva resolución es que, mientras en la actualización de 2021 los eventos y servicios de alto costo estaban contenidos en un título del acto normativo (Título VI); en la nueva resolución que actualiza el PBS para 2022, estos eventos y servicios son listados en el artículo 114. Sin embargo, este ajuste es formal ya que la descripción de los eventos sigue siendo en esencia igual.

Finalmente, en la nueva actualización, se destacan dos artículos nuevos. El artículo 34 referente a la finalidad de los procedimientos, destacando el criterio y la autonomía médica; y el artículo 37 que contiene un parágrafo transitorio referente al uso de algunas tecnologías con usos incluidos en la lista UNIRS durante la declaración de emergencia sanitaria por COVID-19.

En cuanto a la estructura de los anexos, las secciones de la actualización mantienen sus tres anexos técnicos y secciones, solo con ajustes descriptivos puntuales en la sección A1, los títulos se encuentran de la siguiente manera:

  • Anexo 1 «Listado de medicamentos financiados con recursos de la UPC»
    • Sección A1. Financiación con recursos de la UPC para medicamentos con descripción de principio activo.
    • Sección A2. Financiación con recursos de la UPC para medicamentos por subgrupos de referencia.
    • Sección A3. Financiación con recursos de la UPC para medicamentos con criterio específico.
    • Sección B. Medicamentos para programas especiales en salud pública.
    • Sección C. Financiación con recursos de la UPC para otros productos.
  • Anexo 2 “Listado de procedimientos en salud financiados con recursos de la UPC»
  • Anexo 3 «Listado de procedimientos de laboratorio clínico financiados con recursos de la UPC”

Las Secciones A3, B y C del Anexo 1 no tuvieron ajustes en la actualización para el año 2022 con relación a la normativa anterior. Las Secciones A1, A2 del Anexo 1, así como los Anexos 2 y 3 si tuvieron cambios.

¿Cuántos son los nuevos medicamentos y procedimientos incluidos?

Esta actualización del PBSUPC para el 2022 tiene como contexto la “reclasificación” de tecnologías que eran cubiertas por presupuestos máximos a tecnologías con cargo a la UPC.

De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, “en lo que se refiere a medicamentos, la actualización comprende más de 980 grupos relevantes que migran desde la financiación con Presupuestos Máximos hacia la financiación con recursos de la UPC, se aumentan los principios activos financiados con la UPC de 459 a 1059, se incluyen 26 subgrupos de referencia (que contienen más de 65 diferentes principios activos) adicionales a los 53 subgrupos de referencia financiados con la UPC hasta el momento” (3).

Entre los cambios por cada anexo se encuentran:

 

Anexo 1. Listado de medicamentos financiados con recursos de la UPC (Sección A1):

Esta sección que en el año 2021 contenía 459 principios activos, en el año 2022 se incrementó en un 130%, ya que esta nueva actualización contiene 1059 principios activos.

Sobre esta sección, el anexo técnico contempla cuatro aclaraciones:

  1. Los medicamentos con los principios activos, concentraciones y formas farmacéuticas descritos en esta sección se financian con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
  2. Los medicamentos donde no se realizan aclaraciones se financian con recursos de la UPC en todas las indicaciones autorizadas por el INVIMA según el artículo 37 del presente acto administrativo (Resolución 2292 de 2021).
  3. Si un principio activo no se encuentra explícitamente en la sección A1 se debe tener en cuenta que puede estar financiado y descrito en la financiación con recursos de la UPC en otra sección del anexo 1 o descrito en el articulado del presente acto administrativo. Los medicamentos no descritos explícitamente, también se financian con recursos de la UPC si cumplen lo dispuesto en el artículo 111 del presente acto administrativo (Resolución 2292 de 2021).
  4. Para los principios activos de los medicamentos descritos a continuación no se enuncian códigos ATC teniendo en cuenta que en esta sección un principio activo según las diferentes formas farmacéuticas financiadas puede incluir varios códigos ATC.

Anexo 1. Listado de medicamentos financiados con recursos de la UPC (Sección A2):

Algunos de los nuevos subgrupos que encontramos en esta sección son:

  • ATC L01AA – Análogos de la mostaza nitrogenada
  • ATC L01AB – Alquil sulfonatos
  • ATC L01AX – Otros agentes alquilantes
  • ATC L01BA – Análogos del ácido fólico
  • ATC L01BC – Análogos de pirimidina
  • ATC L01CD – Taxanos
  • ATC L01CE – Inhibidores de la topoisomerasa 1 (TOP1)
  • ATC L01CX – Otros alcaloides vegetales y productos naturales

Anexo 2. Listado de procedimientos en salud financiados con recursos de la UPC:

En este anexo se incluyeron más de 650 procedimientos nuevos, como las resecciones de lesiones intraventriculares de línea media, hemisferectomía o hemisferotomía cerebral, lobectomías por craneotomía, aperturas de suturas craneales, injertos óseos en cráneo, o la osteosíntesis craneal, entre otras.  De acuerdo con el Ministerio de salud, con esta actualización se estaría alcanzando el 97% de los procedimientos autorizados para su realización en el país, financiados con la UPC (3).

Anexo 3. Listado de procedimientos de laboratorio clínico financiados con recursos de la UPC:

En la actualización para 2022 se incluyeron más de 300 nuevos procedimientos de laboratorio clínico.

Esta actualización es la más significativa realizada desde el 2013, ya que es la que más tecnologías ha incluido en el PBSUPC. Esto representa sin duda un gran paso en el cumplimiento de la Ley Estatutaria y en la garantía del derecho a la salud, sin embargo, vale la pena revisar algunos debates latentes en el marco de esta financiación como la suficiencia de la UPC para cubrir todas estas nuevas demandas.

En los siguientes enlaces puede descargar los anexos técnicos en Excel de la Resolución 2292 de 2021.

Para ver el blog sobre el POS 2021 ingrese AQUÍ


Otros blogs que vieron los lectores

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row css=».vc_custom_1533834464911{background-color: #f7f7f7 !important;}»][vc_column][vc_custom_heading text=»Referencias» font_container=»tag:h4|text_align:left|color:%23990d0d» use_theme_fonts=»yes» el_class=»referencias»][vc_column_text el_class=»referencias»]1. Congreso de la República de Colombia. Ley 1438 de 2011. Colombia; 2011.

2. Presidencia de la República de Colombia. Decreto 2562 del 10 del Diciembre de 2012. 2012. p. 10.

3. Ministerio de la Protección Social. Minsalud actualizó Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC [Internet]. Boletín de Prensa No 1279 de 2021. 2021 [cited 2022 Jan 28]. Available from: https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Minsalud-actualizo-Plan-de-Beneficios-en-Salud-con-cargo-a-la-UPC.aspx

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *